El USCIS ya puede remitir determinados casos de asilo directamente al tribunal de inmigración sin necesidad de realizar una entrevista

El 27 de julio de 2026, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) anunciaron un cambio importante en el proceso de asilo de oficio. En virtud de una norma definitiva provisional recientemente publicada, el USCIS podrá remitir determinadas solicitudes de asilo directamente a un juez de inmigración sin necesidad de realizar previamente una entrevista de asilo. La norma entró en vigor de forma inmediata.

¿Cómo funcionaba el proceso anteriormente?

Las solicitudes de asilo afirmativas suelen ser presentadas ante el USCIS por personas que aún no se encuentran en proceso de expulsión. Según el procedimiento tradicional, el USCIS concertaba una entrevista con un funcionario de asilo para el solicitante.

Si el USCIS no aprobara la solicitud y el solicitante ya no tuviera un estatus migratorio válido, lo habitual es que el USCIS emitiera una «Notificación de comparecencia» y remitiera el caso a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración del Departamento de Justicia. A continuación, un juez de inmigración volvería a examinar la solicitud de asilo en el marco de un procedimiento de expulsión, un proceso conocido como «revisión de novo ».

¿Qué ha cambiado?

La nueva norma otorga a el USCIS la facultad de prescindir de la entrevista en la oficina de asilo y remitir una solicitud directamente al tribunal de inmigración.

Esto no significa necesariamente que todas las solicitudes de asilo pendientes que hayan sido aceptadas vayan a remitirse automáticamente a los tribunales. Más bien, el USCIS tiene ahora la opción de remitir el caso sin entrevistar previamente al solicitante. La agencia ha descrito este cambio como una forma de reducir las revisiones redundantes y acortar el tiempo total que necesitan tanto el USCIS como los jueces de inmigración para resolver los casos de asilo.

El anuncio aún no explica en detalle cómo seleccionará el USCIS los casos para su remisión directa. Por lo tanto, siguen sin resolverse cuestiones importantes relativas a la aplicación de la medida, entre ellas si la agencia dará prioridad a las solicitudes en función de la fecha de presentación, los antecedentes migratorios, las cuestiones jurídicas evidentes u otras consideraciones específicas de cada caso.

¿Por qué es importante esto para los solicitantes de asilo?

Para algunos solicitantes, la primera vista sustantiva de su solicitud de asilo puede celebrarse ahora en un tribunal de inmigración, en lugar de en una entrevista de asilo ante el USCIS. Además, la remisión somete al solicitante a un procedimiento de expulsión mediante la emisión de una notificación de comparecencia.

Por lo tanto, los solicitantes de asilo por motivos positivos deberían:

  • Preparar sus solicitudes con el mayor detalle posible desde el principio, en lugar de dar por sentado que la información que falte se podrá completar en una futura entrevista con el USCIS;

  • Mantén informada a la USCIS de cualquier cambio de dirección;

  • Presta especial atención al correo que te envíen el USCIS y el tribunal de inmigración;

  • Consulte inmediatamente a un abogado tras recibir una citación para comparecer o una notificación de remisión; y

  • Prepárate para la posibilidad de que su caso pase del USCIS al tribunal de inmigración sin que se celebre una entrevista de asilo.

Los solicitantes no deben ignorar una remisión al tribunal de inmigración simplemente porque su formulario I-589 se presentara inicialmente ante el USCIS. Una vez iniciados los procedimientos, los requisitos de presentación ante el tribunal de inmigración, los plazos, los procedimientos de audiencia y las normas probatorias cobran una importancia fundamental.

¿Qué pasará ahora?

La modificación se publicó como norma definitiva provisional y entró en vigor el 27 de julio de 2026. El USCIS aceptará comentarios del público antes de publicar posteriormente una norma definitiva en respuesta a dichos comentarios.

Dado que el anuncio deja sin respuesta importantes cuestiones sobre su aplicación, los solicitantes con expedientes de asilo por motivos positivos pendientes deben permanecer atentos a las futuras directrices del USCIS y a cualquier notificación que se emita en relación con sus casos individuales.

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